COMISIÓN DISCIPLINARIA DE LOS JUEGOS NACIONALES DE SERVIDORES PÚBLICOS
RESOLUCIÓN No. 003 DE 2019
Junio 26 de 2019
LA COMISIÓN DISCIPLINARIA DE LOS XX JUEGOS NACIONALES DE SERVIDORES PÚBLICOS QUE SE REALIZAN EN LA CIUDAD DE SAN JOSE DE CUCUTA ENTRE EL 24 Y EL 30 DE JUNIO DE 2019, CON BASE EN LAS FACULTADES ESTATUTARIAS Y REGLAMENTARIAS, SIENDO LAS 9 AM. DEL DIA 26 DE JUNIO DE 2019 EN LAS INSTALACIONES DEL HOTEL CASA BLANCA DE LA CIUDAD DE CUCUTA SE REUNIÓ PARA ESTUDIAR Y DECIDIR LA PETICIÓN HECHA POR LA DELEGACION DEL VALLE DEL CAUCA REFERENTE A LA CLASIFICACIÓN DEL GRUPO C, DISCIPLINA DEL FÚTBOL, FASE ELIMINATORIA.
CONSIDERANDO
Que en la Asamblea General Ordinaria de delegados de la Corporación Nacional deportiva de servidores públicos “CORDEMO”, celebrada En el mes de febrero de 2019 se creó la comisión Disciplinaria para los XX Juegos Nacionales de servidores públicos, cuyas funciones básicas son las de conocer y resolver sobre aspectos disciplinarios de los juegos
Que la delegación de FUSAGASUGA solicitó mediante demanda escrita fechada en junio 26 de 2019, la asignación de los puntos de la disciplina de Sapo del juego disputado en la fecha en mención contra el equipo de Sapo de la delegación de Cauca, de acuerdo a los siguientes argumentos presentados:
Presentan oficio donde solicitan que se le quite los puntos a la delegación de Cauca en la disciplina de Sapo, y le sean dados al equipo de Sapo de la delegación de Fusagasugá.
El argumento se debe a que el equipo de Sapo de la delegación del Cauca, no se presentó a la competencia debidamente uniformada, como lo exige el reglamento y presentan como evidencia fotos.
Después de un análisis por parte de la comisión técnica, donde se observa en las fotos presentadas que efectivamente el equipo de Sapo de la delegación del Cauca no cumple con lo estipulado en el ítem de uniformidad del equipo de Sapo o Rana.
En mérito de lo expuesto, esta Comisión disciplinaria,
RESUELVE
PRIMERO: QUITAR los puntos al equipo de Sapo de la Delegación del Cauca y otorgar los puntos al equipo de Sapo de la Delegación de Fusagasuga.
SEGUNDO: ORDENAR al Comité organizador realizar las anotaciones y correcciones a que haya lugar, conforme al artículo anterior.
TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y contra ella procede el recurso de apelación.
CUARTO: NOTIFICAR esta decisión a las partes interesadas.
Dado en San José de Cúcuta, a los veintiséis (26) días del mes de junio de 2019.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
RAFAEL CASTILLO GUERRERO
Representante de Cordemo
WILTON ARLEY GALINDEZ SALAMANCA
Representante de las Delegaciones
YOLVER DAVID LA ROTA MORENO
Representante de las Delegaciones
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